Suspensión temporal de las actividades organizadas por el club
Como consecuencia de la publicación del Decreto 57/2024, de 29 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, que ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid, LAS ACTIVIDADES ORGANIZADAS POR EL CLUB QUEDAN SUSPENDIDAS TEMPORALMENTE hasta que se resuelvan las discrepancias existentes en la interpretación de dicho Reglamento entre los actores implicados (Comunidad de Madrid, Federación Madrileña de Montañismo y clubes de montaña).
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