Nueva regulación para federados en Fases 0 y 1
En el BOE publicado el pasado 16 de mayo se han contemplado medidas de flexibilización para el deporte federado en provincias que se encuentren en Fase 0 o Fase 1.
La principal novedad es que a partir de ahora los deportistas federados podrán realizar deporte en toda la provincia en la que residan, respetando las franjas horarias preestablecidas de 6:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00.
En relación a estas franjas horarias hay que destacar lo siguiente:
- Pueden ser modificadas por las comunidades autónomas con un margen de hasta dos horas, respetando el tiempo total de las mismas.
- Se aplican a todos los municipios independientemente de su tamaño (no tiene efecto la norma referente a municipios de menos de 5.000 habitantes cuando se sale del municipio de residencia).
- Se considera que el horario es para la práctica deportiva, por lo que el desplazamiento para ir y venir se puede realizar fuera de dicho horario.
La actividad deportiva se realizará de manera individual, y estará permitido acceder a los espacios naturales necesarios para su práctica, siendo la tarjeta federativa acreditación suficiente ante las autoridades que la soliciten.
NOTA: Esta información no tiene carácter legal. Se trata de una interpretación del Boletín Oficial del Estado y de la información que nos remite la Federación Madrileña de Montañismo.